Documento 84/06- 18 de Octubre de 2006

NUEVAS SUBIDAS DE LOS IMPUESTOS Y TASAS LOCALES PARA EL 2007

Autor:María José Martín Candidata a la Alcaldía de Baza por el Partido Popular

El Partido Popular de Baza a través de su Candidata a la Alcaldía  María José Martín presentó  en rueda de prensa el pasado lunes las diferentes propuestas  a las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Baza para el 2007.

Los ciudadanos de Baza siguen sufriendo en sus bolsillos la mala gestión económica aplicada por el PSOE en los últimos 7 años con incrementos reiterados de muchos de los impuestos y tasas.

Las diferentes propuestas pretenden impulsar la rehabilitación de viviendas dentro del casco histórico, apoyar a los comercios, industrias o profesionales que inician su actividad en nuestra ciudad, impulsar la construcción de  viviendas de protección oficial, o apoyar a las familias numerosas con menos ingresos, o a las personas con discapacidad...

La Candidata María José Martín, hizo mucho hincapié en recordar las subidas reiteradas de los diferentes impuestos y tasas locales en los siete años de gobierno socialista. IBI rústico con una subida acumulada del 52%, IBI urbano del 100%, Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica con una subida cercana al 35%, Alcantarillado subida cercana al 50%, aunque es la tasa por recogida de basura con una subida del  60% la que muestra la ineficaz gestión socialista. “Llevamos varios años esperando que el servicio se mejore, y lo único visto hasta ahora es como sube la tasa.” “Es muy necesario y urgente la elaboración de una nueva ordenanza que regule la recogida de basura.”

La Candidata Popular mostró su asombro por el incremento que van a sufrir los precios de la Piscina cubierta. Aunque ve positivo que se deje de diferenciar entre empadronados y no empadronados en Baza, no entiende, que se suprima los precios infantiles siendo éstos últimos los principales usuarios de la Piscina cubierta. El precio de la entrada libre infantil pasará de 1,50€ a 2,70 €, y los 8 € que actualmente pagan por un curso de natación con monitor dos días a la semana casi se triplica (se sitúa en torno a los 22€). Una de las propuestas realizadas por el Partido Popular es que en las bonificaciones del 30% para jubilados, discapacitados y grupos se extienda a los usuarios infantiles.

Para este año el PSOE propone una subida del 2% en los principales impuestos y tasas. Desde el Partido Popular se propone que se estudien en profundidad las ordenanzas y se den soluciones a los principales problemas de nuestra ciudad: falta de limpieza, insuficiente número de viviendas de protección oficial, rehabilitación de viviendas en el casco histórico, .....
Las propuestas realizadas  al equipo de gobierno socialistas se detallan a continuación:

“PROPUESTAS DEL PARTIDO POPULAR A LAS  ORDENANZAS FISCALES DEL 2007”

ORDENANZA FISCAL Nº 1: IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.

  • Desde el Grupo popular proponemos una nueva ordenanza reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles, ya que la actual solo regula el tipo de gravamen del impuesto.

  • Se proponen las siguientes bonificaciones en la cuota íntegra del impuesto:

    • bonificación del 90 % en la cuota íntegra del impuesto, siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado, siempre que vayan a ser destinadas a la construcción o rehabilitación de viviendas de protección oficial. En caso contrario el porcentaje de bonificación será del 50 % de la cuota.

    • Las viviendas de protección oficial y las que resulten equiparables a éstas conforme a la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, disfrutarán de una bonificación del 50 % en la cuota íntegra del Impuesto, durante los tres períodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva.

    • bonificación del 95 % de la cuota íntegra los bienes rústicos de las cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra, en los términos establecidos en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.

    • bonificación, en los porcentajes que a continuación se indican, en la cuota íntegra del Impuesto los sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familia numerosa siempre que, previa solicitud, se acrediten  el cumplimiento de varios  requisitos.

    • Tendrán derecho a una bonificación del 5 por 100 en la cuota del impuesto los sujetos pasivos que, domicilien el pago de sus deudas por este concepto, y que previa solicitud, acrediten reunir los siguientes requisitos:
      1.) Ser pensionista
      2.) Que el inmueble para cuya deuda se solicite en citado beneficio fiscal constituya el domicilio de su empadronamiento.
      3.) Que el importe de la pensión del solicitante no supere el doble del salario mínimo interprofesional.
      4.) Que no tengan obligación de presentar declaración por el I.R.P.F., ni el titular del recibo, ni el cónyuge, en su caso.

ORDENANZA Nº2: IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

  • Desde el Grupo Popular propones que se incluya la siguiente reducción: 
    • Reducción en la cuota del impuesto a favor de los sujetos pasivos afectados por obras en la vía pública.

    • OBRAS DE  DURACIÓN DE 3 A 6 MESES: 20%

    • 6 A 9 MESES: 30%

    • MÁS DE 9 MESES: 40%

ORDENANZA Nº 3: IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.

  • Desde el Grupo Popular  se propones que se modifiquen varios aspectos que no exista subida este año.

ORDENANZA Nº 4: IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA.

  • Desde el Grupo Popular propones que se modifiquen varios aspectos:

  • La escala debe ser decreciente conforme aumente el número de años o los 2 primeros decrecientes y los 2 últimos crecientes. En ningún caso lineal como plante el PSOE.

  • La exención regulada en el artículo Art. 5 se debe delimitar

Art. 5: 1 b) Las trasmisiones de bienes que se encuentren dentro del Conjunto Histórico- Artístico o hayan sido declarados individualmente de  interés cultural  cuando los propietarios acrediten haber realizado obras de conservación, mejora o rehabilitación en dichos inmuebles.
La ley 51/2002 de reforma de la ley reguladora de las Haciendas locales dice en su art: 106.1.b) que el Ayuntamiento debe establecer las condiciones para el disfrute de esta exención: ¿En nuestro Ayuntamiento no hay condiciones?

  • El Grupo Popular propone : Que el importe de las obras de conservación y/o rehabilitación en los últimos 10 años sea superior al 10% del VC del inmueble.

  • Que las obras hayan sido financiadas por el SP o ascendiente de primer grado.

ORDENANZA Nº 5 IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES INSATALACIONES U OBRAS.

Desde el Grupo Popular propones que se modifiquen varios aspectos.

    Detallar las obras sujetas.

    Establecer las siguientes bonificaciones:

    Se aplicarán las bonificaciones previstas en los siguientes supuestos, a solicitud del interesado y mediante declaración de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento de empleo que justifiquen tal declaración, efectuada por el Pleno del Ayuntamiento, por el voto favorable de la mayoría simple:
    a) Del 90 % para obras de rehabilitación de viviendas realizadas en el casco histórico que constituyan residencia habitual del contribuyente.
    Para el resto de viviendas, dentro del casco histórico, se aplicará una bonificación del 20 %.
    Esta bonificación se ampliará al 90 % en el caso de que la vivienda se convierta en residencia habitual en el plazo de un año desde la finalización de las obras.
    b) Del 90 % para obras de rehabilitación de viviendas que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de las personas discapacitadas.
    c) Del 50 % a favor de las construcciones, instalaciones u obras referentes a viviendas de protección oficial.
    d) Del 90% Para construcciones, instalaciones u obras de establecimientos educativos o asistenciales destinados a personas con disminuciones físicas, intelectuales, sensoriales o síquicas.
    e) De hasta el 95% Para todas aquellas obras en que la instalación o construcción obedezca al inicio en el ejercicio de cualquier actividad por la nueva creación o implantación de una industria, comercio o actividad profesional, y únicamente por el coste de las obras que le afecten de manera directa.
    f) Del 90% a favor de construcciones, instalaciones u obras en las que se incorpore sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para la producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.

ORDENANZAS Nº 8 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALCANTARILLADO y la Nº 18 TASA DE AGUA.

  • Desde el Grupo Popular propones que se modifiquen varios aspectos.
  • Que en las cuotas variables se diferencie entre el uso doméstico, industrial, comercial, obras, oficial y benéfico.

ORDENANZA Nº 9 REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS.

  • Desde el Grupo Popular propones que se modifiquen varios aspectos.

    Diferenciar entre Residuos sólidos urbanos, residuos industriales y residuos especiales.

    Aplicar una tarifa de x € al año por metro cuadrados para oficinas, bares, restaurantes, comedores, hoteles, comercios, almacenes e industrias.

PISCINA CUBIERTA.

  • Desde el Grupo Popular se propone que se modifiquen varios aspectos:

    Incluir a los usuarios infantiles dentro de las bonificaciones del 30% junto a jubilados, discapacitados y grupos de más de 10 personas.

    Moderar la subida para el próximo año.